Ley Sabina

En la Sección Cuarta (artículos 135bis, ter, quárter, quinquies, sixties y septies) de la Ley General de los derechos de las niñas, niños y adolescentes encontramos a la que de forma coloquial se le conoce como Ley Sabina, en la cual se establecen las normas a seguir a modo de reconocer y castigar a los deudores alimentarios, dicho de otro modo, a los hombres que habiendo perdido la custodia de los hijos, se niegan a pagar la pensión y los castiga quitándoles una serie de derechos, como la obtención de licencias y permisos para conducir, del pasaporte, y el derecho a competir por un cargo de elección popular.

¿Cómo alguien podría manifestarse en contra de una ley que protege a la infancia? porque esa ley eso es lo que cuida, que el menor tenga los elementos necesarios para su desarrollo, sin embargo, aquí debemos preguntarnos: ¿el hombre perdió la custodia en un juicio imparcial? La respuesta es, con casi absoluta certeza, que no; y la razón de esto no es una paranoia mía, sino que, en nuestra sociedad actual la imparcialidad en los juicios es un delito, pues el juez debe, por ley, juzgar con perspectiva de género, es decir, juzgar, poniéndose de lado de la mujer.

Si el papá, como seguramente hay casos, no luchó por la custodia, y pretende, desentenderse de los hijos, actuando negligentemente, entonces estoy acuerdo con las exigencias en esta ley, pero tambien con toda seguridad hay muchos casos en los que el papá también quiere hacerse responsable, pero la ley que juzga en favor de la mujer (siguiendo los protocolos para juzgar con perspectiva de género) se los arrebata; le da la custodia a la mujer.

Y en los casos improbables pero existentes en que el hombre tiene la custodia, y la mujer quien debe pagar pensión, ¿la ley Sabina aplicaría para ella? la respuesta corta es que sí; la larga, sin embargo, es que no, porque en un país en que se juzga con perspectiva de género, y sobre todo, después de la ley Vicaria, ¿a los hombres les convendría comenzar un juicio que muy probablemente se complicaría y ellos, quizá acusados por violencia vicaria, acabarían perdiendo la custodia, de modo que, en la práctica, la ley Sabina sirve sólo para perjudicar a los hombres y dar impunidad a las mujeres.

En afán de una mayor claridad, resumamos: la ley Sabina en sí misma es igualitaria, pero está enmarcada en un sistema legal que favorece en todo a la mujer, por medio, sobre todo, del Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género. La promulgación de la ley Vicaria dificulta aún más el problema.

Por último, resta sólo decir, que, siguiendo el interés superior del menor, debe preferirse, salvo casos específicos, el régimen de custodia compartida.